Delegación Presidencial Regional de
Valparaíso
Delegado Martínez valoró promulgación de Ley que permitirá el cierre de pasajes y calles
17 de Enero de 2022

Delegado Martínez valoró promulgación de Ley que permitirá el cierre de pasajes y calles

La tarde de este lunes, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañado por los ministros del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Delgado y de Transportes, Gloria Hutt, promulgó la ley que permite el cierre de pasajes y calles, otorgando mayor seguridad a barrios y comunidades.

Tras su aprobación en el Congreso, la ley modifica la Orgánica Constitucional de Municipalidad, en materia de cierre o instalación de medidas control de acceso en calles, pasajes, o conjuntos habitacionales, siempre y cuando sea por una justificación de seguridad. Mientras la ley Nº 20.499 reguló el cierre de calles y pasajes “ciegos”, con una misma entrada y salida, por motivos de seguridad ciudadana, la presente ley perfecciona la regulación vigente e incluye a calles y pasajes que posean una entrada y salida distinta.

Al respecto, el Delegado Presidencial Regional (DPR) de Valparaíso, destacó este proyecto. “Es una muy buena noticia. Con esto los vecinos pueden organizarse y cerrar sus pasajes para tener mayor seguridad de las personas que transitan por sus barrios. La solicitud que se presente para implementar las medidas de control deberá ser solicitada por el 80% de los propietarios de los inmuebles o de sus representantes o moradores autorizados, cuyos accesos se encuentren ubicados al interior de la calle, pasaje o conjunto habitacional urbano o rural que será objeto de cierre. Además, la solicitud de cierre deberá señalar su forma de administración. También se incorpora que el horario de funcionamiento de las medidas de control será aquel que se señale en la solicitud de implementación y que no sea superior a siete horas continuas”, destacó el DPR.

Excepcionalmente, se podrá autorizar el cierre por diez horas continuas, fundados por motivos de seguridad y siempre que no se afecte relevantemente el tránsito. Otra de las medidas es que se señala expresamente que no se pueden afectar con las medidas de control de acceso a los organismos de seguridad, bomberos y otros de utilidad pública ni restringir el tránsito peatonal.

Cabe destacar que la autorización que se entregue no podrá comprender alguna vía de la red vial básica, calles y avenidas fundamentales para el correcto funcionamiento de las zonas urbanas. No obstante, si alguna calle o pasaje cuenta con ingreso o salida que acceda o enfrente una o más vías de la red vial básica requerirá de un informe técnico favorable de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones respectiva. Asimismo, será un reglamento del Ministerio del Interior y Seguridad Pública el que establezca las características de cierres y medidas de control de acceso que podrán implementarse, velando por que ellas puedan ser desactivadas en caso de emergencia.

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