Delegación Presidencial Regional de
Valparaíso
2 de Julio de 2021

Información proceso 2024 Ley 20.330

Ley 20.330 en beneficio a deudores del Crédito Solidario Universitario y CAE 2024

La ley establece que los deudores del Crédito Solidario Universitario, regulado por la Ley N° 19.287, sus modificaciones y reglamento, y los deudores del crédito para estudios de educación superior a que se refiere la Ley N° 20.027 y su reglamento, a contar del 1 de enero de 2009 se incorporen a prestar servicios remunerados en las municipalidades, corporaciones municipales, fundaciones municipales o asociaciones municipales, correspondientes a comunas con menores niveles de desarrollo del país, podrán acceder a los beneficios que se establecen en su artículo 2°.

El beneficio es de un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año, para el caso de deudores del Crédito Solidario Universitario, o bien un monto equivalente a la cantidad pagada de su crédito en el año calendario anterior, para los deudores del Crédito con Aval del Estado, con un tope anual de dieciséis unidades tributarias mensuales.

  REQUISITOS:

  1. Haber obtenido un título de una carrera, programa o especialidad impartido por una institución de educación superior, autónoma y reconocida oficialmente por el Estado.
  • Ser deudor del Crédito Solidario Universitarioregulado por la Ley N° 19.287, sus modificaciones y reglamentos, o del crédito para estudios de educación superior a que se refiere a la Ley N°20.027 y su reglamento, y encontrarse al día en el pago de las obligaciones derivadas de los créditos regulados por la Ley N° 19.287 y 20.027, al momento de postular al beneficio durante todo el periodo en que se presten los servicios, conforme a lo dispuesto en la ley 20.330.
  • Efectuar la prestación de servicios remunerados, contemplando a lo menos 44 horas semanales,  en alguna de las municipalidades, corporaciones municipales, fundaciones municipales, asociaciones municipales o establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, según el caso, o en corporaciones, fundaciones u ONG que presten servicios de apoyo a los municipios, en comunas con menores niveles de desarrollo del país, determinadas por el Reglamento de la Ley 20.330. Las  comunas de  esta región seleccionadas para el año 2024 son: Algarrobo, Cabildo, Calle Larga, Cartagena, Casablanca,  Catemu, El Quisco, El Tabo, Hijuelas, Isla De Pascua, Juan Fernández, La Cruz, La Ligua, Limache, Llay Llay, Nogales, Olmué, Panquehue, Papudo, Petorca, Puchuncaví, Putaendo, Quintero, Rinconada, San Esteban, Santa María, Santo Domingo y Zapallar.
  • En el caso de profesionales que se desempeñen en establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, podrán participar solo los médicos cirujanos y cirujanos dentistas, deudores de los créditos señalados, que hayan obtenido una especialidad y desarrollan sus funciones en una comuna con menores niveles de desarrollo del país, con 22 horas semanales de trabajo en dichos servicios.
  • Deberán acreditar al menos un año ininterrumpido de prestación de servicios, es decir, un periodo de 12 meses seguidos y continuos, periodo que se contabilizará desde que ingresa su postulación el año 2024 hacia atrás.

Para descargar la ficha única de postulación, haz click acá.

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

  1. Ficha   de   Identificación. Los montos deben ser llenados en UTM, con decimales. Se sugiere que la ficha sea llenada con letra imprenta, debiéndose consignar claramente el correo electrónico y el teléfono, que serán los medios que la Delegación ocupará para tomar contacto con el postulante.
  • Fotocopia de la cédula de identidad, por ambos lados, del postulante.
  • Copia simple del certificado de título técnico de nivel superior, de título profesional o de grado académico correspondiente. La institución de Educación Superior debe ser autónoma y reconocida oficialmente por el Estado.
  • Certificado emitido por el alcalde(sa) de la municipalidad o representante legal de la corporación, fundación u Organización No Gubernamental (ONG) que presta funciones de apoyo a los municipios en que consten la contratación del postulante en los términos establecidos en el artículo 9° del reglamento de la Ley 20.330. El  certificado deberá contener, al  menos,  nombre completo y cédula de  identidad del postulante, profesión,  cargo que  desempeña, tipo  de  contrato, horas  semanales, fecha de inicio de prestación de servicios con 44 horas semanales de  manera  ininterrumpida, y  vigencia  del  contrato.  Para funcionarios y trabajadores de corporaciones municipales, fundaciones municipales, asociaciones de municipalidades, Fundación para Superación de la Pobreza o establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, deberán presentar certificado emitido por el Representante Legal de su entidad, en que conste la contratación del postulante en los términos establecidos en el artículo 9° del reglamento de la Ley N°20.330. El certificado deberá contener al menos: Nombre completo, número de cédula de identidad, profesión, cargo, tipo de contrato, indicar horas semanales, indicar desde cuando ejerce labores con 44 horas o de un servicio equivalente de manera ininterrumpida, y vigencia del contrato.
  • Solo los deudores del Fondo Solidario del Crédito Universitario, deberán presentar: Un Certificado emitido por el respectivo Administrador General del Fondo de Crédito Solidario, Ley  N° 19.287, en que conste la condición de deudor, la circunstancia de haber realizado la declaración anual de ingresos, el monto de la cuota que le corresponde pagar en el año, el saldo por pagar de la deuda y el hecho de estar al día en sus obligaciones. Se entenderá que dichos deudores se encuentran al día en el pago de las obligaciones derivadas de sus créditos, si han pagado el monto total de la o las cuotas anuales exigidas al momento de postular y acceder al beneficio, y durante todo el periodo en que se presten los servicios.
  • Solo los deudores del Crédito con Garantía Estatal (CAE), deberán presentar: Un Certificado emitido por la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores COMISIÓN INGRESA, Ley   N° 20.027, en que conste la condición de deudor, el saldo por pagar, las cuotas que faltan por pagar y el hecho de estar al día en el pago de las obligaciones. Se entenderá que dichos deudores se encuentran al día en el pago de las obligaciones derivadas de sus créditos si han pagado todas las cuotas mensuales exigidas en razón del crédito, al momento de postular y acceder al beneficio y durante todo el periodo en que se presten los servicios.

Para descargar la ficha única de postulación, haz click acá.

Presentación de Antecedentes

 Desde el 11/septiembre al 04 de octubre 2024

Estos deberán ser presentados en la Secretaría Departamento Social de esta Delegación Presidencial, ubicada en Melgarejo 669, piso 1, comuna de Valparaíso; de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:00 hrs. También pueden ser enviadas por correo postal certificado a  nombre  de Jefa  Depto. Social, Sra. Edith Soiza Ruiz. Sólo para las personas de las Provincias de San Felipe, Los Andes e Isla de Pascua, y la comuna de Juan Fernández, pueden enviarlos en formato PDF (no Fotos) por correo electrónico a mcarrozaa@interior.gob.cl

Consultas a los e- mails:

       Edith Soiza esoizar@interior.gob.cl     /    Cristián Arias  carias@interior.gob.cl

Volver